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Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Ampliar la licencia de maternidad reduce la empleabilidad de la mujer: Mintrabajo

25 de Octubre de 2018

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En la Comisión Séptima del Senado se realizó un foro para conocer las opiniones sobre una propuesta que ampliaría de 18 a 24 semanas la duración de la licencia de maternidad cuando el bebé requiera de atención y observación permanente. (Lea: Este es el fallo que modifica el precedente jurisprudencial sobre fuero de maternidad)

 

La ministra del Trabajo, Alicia Arango, dio su opinión y coincidió con la viceministra de la Protección Social, Diana Cárdenas, sobre el impacto económico y social que estas licencias tienen para el enganche laboral de las mujeres.

 

“Ampliar el tiempo de la licencia de maternidad reduce, desafortunadamente, la empleabilidad de la mujer”, agregó la ministra. (Lea: Fuero de maternidad, un tema en constante gestación)

 

Sí bien la titular de la cartera laboral manifestó su apoyo al proyecto que podría aumentar las semanas de licencia, enfatizó en que se deben analizar temas como el de la estabilidad laboral reforzada, la empleabilidad, la formalidad laboral y las brechas entre hombres y mujeres. 

 

Otras iniciativas

 

Esta no es la única propuesta que cursa en el Congreso sobre el tema, también está el proyecto de ley 050/18S, presentado por la senadora Claudia Castellanos. (Lea: Trabajadora debe recibir pago completo de la licencia de maternidad)

 

Dicha iniciativa tiene por objetivo salvaguardar los derechos de la mujer embarazada y del recién nacido, mediante la prestación oportuna, eficiente y de buena calidad de los servicios de atención prenatal, parto, posparto y perinatal.

 

También se propone declarar el 25 de marzo de cada año como el “Día nacional de la mujer embarazada, del niño y la niña por nacer”, con obligaciones para los ministerios de Salud, Educación y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

 

Concepto jurídico de Mintrabajo

 

Sobre este último texto, el Ministerio del Trabajo fue más vehemente al sugerir directamente el archivo de la iniciativa, “toda vez que no genera un impacto adicional en la protección de la trabajadora gestante y de su hijo”. De todas formas, hizo comentarios sobre el articulado.

 

Para el ministerio, por ejemplo, en lo planteado sobre la obligación del Estado de propender por la reducción de las desigualdades sociales y económicas que afecten a las mujeres embarazadas, el artículo 235 del Código Sustantivo del Trabajo ya dispone que la maternidad goza de la especial protección del Estado, lo cual incluye aspectos de tan alta preponderancia como la estabilidad laboral, el derecho al mínimo vital y móvil, por ello la licencia de maternidad se paga al 100 % del salario percibido por la trabajadora al momento de iniciar su licencia.

 

En lo relacionado con el artículo que señala las labores o trabajos riesgosos para la salud materna, la entidad considera que el término "trabajos acordes con su condición" debe ser más específico, con el fin de que no se le dé una aplicación extensiva que afecte los intereses de las trabajadoras o de los empleadores.

 

Finalmente, en lo que respecta a permisos especiales, sugiere que la iniciativa señale que la concesión de esas autorizaciones sea incorporada a los reglamentos de trabajo de las empresas, dado que corresponde al empleador regular la concesión de permisos diferentes a los contemplados en el artículo 57 del ordenamiento laboral.

 

Senado, proyecto de ley 050/18S, Oct. 25/18.

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