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Congreso


Proyecto de ley delimita trabajo de comisiones de conciliación del Congreso

La propuesta surge como respuesta al criticado desempeño de los conciliadores de la fallida reforma a la justicia.
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27 de Julio de 2012

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La Cámara de Representantes estudiará una propuesta de reforma al Reglamento del Congreso (Ley 5ª de 1992) para aclarar las responsabilidades que tienen las comisiones de conciliación al resolver las diferencias entre los textos aprobados por cada cámara.

 

Según esta iniciativa, el informe de conciliación deberá contener una exposición de motivos, y solo serán consideradas como discrepancias las aprobaciones de artículos que se diferencien con las de la otra célula legislativa.

 

Hemos sido testigos del rechazo social que ha tenido el actual Congreso por la aprobación de la fallida reforma a la Justicia, en donde se cometieron yerros que pusieron en la picota pública las actuaciones de los integrantes de la Comisión de Conciliación,  dando lugar a que el ejecutivo señalara en forma contundente, enfática y en términos no muy mesurados, que en el proyecto de acto legislativo se habrían colgado especies como orangutanes y micos”, señala la propuesta.

 

De otro lado, las comisiones accidentales serían integradas por los ponentes y el autor del proyecto, garantizando la participación de todas las bancadas.

 

Estas comisiones solo podrían sesionar en las instalaciones del Congreso. En consecuencia, toda reunión que se efectúe por fuera de las condiciones legales o reglamentarias carecería de validez.


Finalmente, la iniciativa, compuesta solo por cinco artículos, limita la discrecionalidad de los presidentes de las cámaras para fijar el tiempo que tienen las comisiones accidentales o de conciliación para rendir el informe ante las respectivas plenarias.


(Cámara de Representantes, Proyecto de ley 019/12C, jul. 4/12)

 

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