Futura ley tendrá beneficios en materia de vivienda para mujeres víctimas de violencia intrafamiliar
03 de Diciembre de 2020
El texto conciliado de la futura ley que tiene por objeto garantizar el ejercicio efectivo del derecho a una vivienda y hábitat dignos para todos los colombianos se conoció y será próximamente enviado a sanción presidencial.
A través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se diseñarán los instrumentos técnicos, administrativos, jurídicos y financieros necesarios para la implementación de programas y proyectos habitacionales que contemplen la producción de vivienda en las modalidades de adquisición, construcción de vivienda de interés social y prioritaria, mejoramiento y entornos rurales dignos.
Una política pública representa el entendimiento de la sociedad sobre la importancia que tiene la vivienda y el hábitat de calidad como motor de superación de la pobreza multidimensional y de dignificación de los colombianos, explica el texto.
Así las cosas, las autoridades gubernamentales propenderán por la reducción del déficit habitacional cuantitativo y cualitativo en el país, teniendo en cuenta las características y necesidades particulares de la población urbana y rural, así como la aplicación de un enfoque diferencial y territorial a favor de los grupos poblacionales que por sus características sociales, étnicas, culturales, económicas, ecológicas o de género requieran un reconocimiento especial.
¿Hay beneficios en vivienda para las mujeres?
El articulado establece beneficios diferenciales a favor de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, promoción de acceso a la vivienda para población joven, creación del catálogo nacional de vivienda rural y promoción de estrategias en las entidades territoriales para el saneamiento de la falsa tradición.
Al Gobierno se asigna la obligación de impulsar la autonomía económica, la seguridad y el bienestar material y emocional de las mujeres en su política pública habitacional, con beneficios diferenciales especiales para las que son víctimas de violencia intrafamiliar.
Llama la atención una disposición que indica que cuando se compruebe que dentro de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda 100 % en especie una mujer ha sido víctima de violencia intrafamiliar por su cónyuge o compañero permanente, el victimario será excluido de la subvención.
Además, se aclara que esto no representará la restitución del subsidio familiar de vivienda para la mujer víctima y para los demás miembros del grupo familiar.
El ejecutivo deberá reglamentar las nuevas disposiciones en un plazo no mayor a un año.
Congreso de la República, Informe de conciliación P. L. 280/20C – 158/20S, Nov. 18/20.
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