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Actualizado hace 4 minutos | ISSN: 2805-6396

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Esta es la reforma al Código de Procedimiento Penal presentada por Minjusticia y Fiscalía

20 de Abril de 2015

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Con una propuesta de 233 artículos que modifican las leyes 599 del 2000, 906 del 2004, 1098 del 2006 y 1121 del 2006, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General de la Nación buscan hacer más eficiente el sistema acusatorio.

 

La iniciativa, radicada la semana pasada, posibilitaría el sometimiento a la justicia de bandas criminales a través de un nuevo procedimiento, que incluiría la figura del fiscal negociador. Además, autoriza la ubicación de los grupos que se sometan a la justicia, en zonas determinadas del país.

 

Sobre el principio de libertad, en el control de legalidad de la captura se prohibiría la suspensión de la audiencia, y su duración deberá tener un plazo razonable, atendiendo la complejidad del asunto, la actividad procesal del interesado y la conducta de las autoridades judiciales.

 

De otro lado, se cambiaría el artículo 20 de la Ley 906, sobre el derecho a impugnar, para hacer expreso que cuando la sentencia de segunda instancia o de casación revoque la decisión de absolución, el fallo podrá ser impugnado.

 

Es importante mencionar que se derogarían los artículos 104, 105, 106, 107 y 108 del Código de Procedimiento Penal, relacionados con la audiencia de pruebas y alegaciones, la decisión de reparación integral, los terceros civilmente responsables y la citación al asegurador. Así mismo, habría nuevos tipos de prueba, como la de análisis de contexto, para el juzgamiento de crímenes de sistema.

 

Finalmente, se adicionaría un artículo, para crear la figura del acusador privado, que facultaría a la víctima de la conducta punible para ejercer la acción penal, representada por su abogado.

 

(Cámara de Representantes, proyecto de ley, abril 16/15)

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