Congreso
Esta es la propuesta que tipifica y agrava las penas por ataques con ácido
Se propone un incremento punitivo de 12 a 20 años y multa de 77 a 161 millones de pesos en contra de quien cometa este delito.
05 de Mayo de 2015
La Comisión Primera de la Cámara aprobó, en primer debate, la ponencia al proyecto de ley que busca tipificar y agravar las penas con ataques con ácido.
La iniciativa cataloga el ataque con ácido como un delito autónomo y permite que el agresor sea condenado exclusivamente por este hecho.
“Queremos que no exista ninguna confusión dentro de los operadores judiciales que, en ocasiones, frente a un ataque con ácido, lo catalogan como una lesión temporal, subsanable con cirugías y tratamientos, o porque la lesión no genera incapacidad superior a 90 días”, señala la exposición de motivos.
Según explica, la intensión de la iniciativa es penalizar el solo hecho de atacar a otra persona con ácidos o sustancias similares.
De esta manera, se propone un incremento punitivo de 12 a 20 años y multa de 77 a 161 millones de pesos en contra de quien cometa este delito.
Igualmente, se penaliza la lesión que cause deformación o pérdida temporal o permanente, funcional o anatómica de algún miembro del cuerpo. Así, se propone que cuando exista daño funcional, pérdida de un ojo, nariz, etc. la pena sea de 21 a 30 años de prisión con una multa de 644 a 1.932 millones de pesos.
Así mismo, se adiciona un numeral al artículo 104 del Código Penal sobre las circunstancias de agravación en caso de homicidio. De esta manera, cuando la misma sea ocasionada con agentes químicos, ácidos, sustancias corrosivas, la pena por homicidio aumentará de acuerdo a lo establecido actualmente en el Código. Con la iniciativa la pena quedaría de 33 a 50 años de prisión cuando para ejecutar el homicidio se usen estas sustancias.
“Proponemos se penalice cualquier intento de lanzamiento de ácidos y sustancias similares. Con el proyecto proponemos de 1 a 5 años solo por lanzar ácido o bien contra otra persona sin causar daño”, agrega.
También, advierte que cuando exista homicidio agravado o lesiones personales por la utilización de este tipo de sustancias no se goce de los beneficios y subrogados penales estipulados por Ley.
Finalmente, se propone una modificación al Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), para que en el momento de aceptar los cargos, la rebaja de la pena solo se aplique hasta la tercera parte de la misma y no hasta la mitad, como sucede actualmente.
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