Congreso
Avanza estudio de proyecto reglamentario de la objeción de conciencia
09 de Abril de 2012
La reglamentación del derecho a la objeción de conciencia afrontará su primer debate en la Comisión Primera del Senado.
En la norma, se establecerán los casos en que los ciudadanos pueden recurrir a esta figura, cuando el cumplimiento de un deber legal o reglamentario sea contrario a sus convicciones religiosas, filosóficas o morales.
De esta forma, las personas podrían recurrir a la objeción de conciencia para no prestar el servicio militar, negarse a practicar un aborto, rechazar clases de religión en un centro educativo, no rendir culto a símbolos patrios, entre otros casos.
Este derecho solo podrá negarse cuando se ponga en riesgo la seguridad, el orden o la salud pública y los derechos y libertades fundamentales de las demás personas.
La objeción deberá ser presentada de forma escrita ante la autoridad que haya impartido la orden de la cual se discrepe, agrega el proyecto.
Otras dos iniciativas buscan reglamentarla
Dos ponencias adicionales radicadas en marzo ante la Cámara de Representantes también piden reglamentar la objeción de conciencia.
Uno de los textos indica que las personas jurídicas no podrán invocar esta figura, sin perjuicio de que los socios o trabajadores ejerzan ese derecho.
Según el texto, la objeción de conciencia deberá ser invocada por el representante legal, quien acompañará su petición con copia auténtica de los estatutos, en los que consten los principios religiosos, éticos o morales en los que se inspira la institución.
Constitución protege objeción de conciencia
Hace un año, la Corte Constitucional declaró exequible el artículo 27 de la Ley 48 de 1993, que exime de prestar el servicio militar a los limitados físicos y sensoriales permanentes y a los indígenas que residen en su territorio y desean conservan su integridad cultural, social y económica.
Aplicando los criterios fijados por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Corte decidió que es posible negarse a prestar el servicio militar obligatorio con base en convicciones o creencias, si estas son profundas, fijas y sinceras.
La objeción de conciencia sería reconocida como un derecho social de las personas naturales, y la determinación de su procedencia estaría a cargo de la Defensoría del Pueblo.
(Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 136/11S, dic. 1º/11 y Cámara de Representantes, Ponencia proyecto de ley 022/11C, nov. 25/11)
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