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Aprueban derecho de comerciantes de fijar aviso de traslado luego de entregar el local

En la Cámara se decidirá el futuro de esta reforma al Código de Comercio.
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Inexequible competencia del Gobierno para reglamentar condiciones técnicas de la franquicia (Freepik)

20 de Marzo de 2025

La plenaria del Senado aprobó ayer el proyecto de ley que plantea modificar el artículo 518 del Código de Comercio (Decreto 410/71) para adicionar un inciso que establezca el derecho de fijar aviso de traslado por parte del arrendatario de un local comercial una vez terminada la relación contractual.

Los autores de la propuesta piden que el aviso se pueda ubicar en un lugar visible para el público, de tamaño no superior a 1.600 centímetros cuadrados, el cual contendrá información sobre la nueva localización y deberá permanecer fijado por un mes contado desde la restitución del inmueble arrendado.

Si se aprueba la ley, que ahora pasa a estudio de la Cámara de Representantes, no podrá haber oposición a este derecho por parte del propietario, del nuevo arrendatario ni de terceros que tengan derechos e intereses sobre el local comercial, so pena de incurrir en multa de un salario mínimo mensual, que será impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio.

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