Admiten demanda contra normas que exigen que los Infis alcancen la segunda mejor calificación de riesgos antes del 2011 (9:42 a.m.)
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27 de Octubre de 2010
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El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad interpuesta por la Asociación Nacional de Institutos Financieros de Fomento y Desarrollo (Asoinfis) contra los parágrafos 4, 5 y 6 del Decreto 1525 del 2008, el artículo 1° del Decreto 4471 del 2008 y el artículo 1° del Decreto 2805 del 2009. Las normas obligan a los institutos financieros de fomento y desarrollo (Infis) a que alcancen la segunda mejor calificación de riesgo de corto plazo antes del 31 de diciembre del 2010 y la segunda mejor calificación de riesgo de largo plazo antes del 31 de diciembre del 2011. Según Asoinfis, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no tiene competencia para reglamentar la creación, modificación, funcionamiento, organización y supresión de estas entidades descentralizadas del orden territorial, que son creadas mediante ordenanzas (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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