Reiteran inexequibilidad de la expresión “sirvientes” del Código Civil y la obligación de sustituirla por “trabajadores” (2:03 p.m.)
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11 de Diciembre de 2017
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La Corte Constitucional decidió estarse a lo resuelto en la Sentencia C-190 del 2017, que declaró inexequible la expresión “sirvientes” contenida en el artículo 1119 de la Ley 57 de 1887, al estudiar una nueva demanda sobre esta expresión. Dentro de las principales razones se encuentra que en la referida sentencia se constató la vulneración de los artículos 1° y 13 de la Constitución, en tanto la expresión afecta el principio de dignidad humana y vulnera la igualdad material. En el asunto objeto de análisis concurrieron los elementos configurativos de la cosa juzgada, a saber: (i) la demanda recae sobre el mismo contenido normativo estudiado en sentencia anterior y (ii) las razones y referentes constitucionales en los cuales se funda la actual demanda coinciden con los que en su momento dieron lugar a la declaratoria de inexequibilidad. Finalmente, la Sala Plena explicó que se debe sustituir la expresión “sirvientes” por trabajadores (M. P. Carlos Bernal Pulido).
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