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Procuraduría pide inhibición en demanda a norma que regula reconocimiento de derechos en unión marital de hecho (8:48 a.m.)

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17 de Octubre de 2013

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La Procuraduría le solicitó a la Corte Constitucional que se abstenga de pronunciarse alrededor de la norma que regula el reconocimiento de la sociedad patrimonial fijada para las uniones maritales de hecho (artículo 2º parcial de la Ley 54 de 1990). La acción ataca su declaratoria por la vía judicial y la exigencia de disolución y liquidación de sociedades conyugales anteriores, al menos un año, antes del inicio de la nueva, como requisito para reconocerla. Para el Ministerio Público, la norma no prohíbe la demostración de la conformación de un patrimonio anterior o vigente que uno de los compañeros haya establecido o mantenga con otra persona; a su juicio, solo establece aspectos generales para reconocer la existencia de la sociedad patrimonial propia de la unión marital de hecho, sin desconocer la vigencia jurídica de las sociedades precedentes que puedan haber conformado las partes y sin afectarlas en modo alguno. La ponencia corresponde al despacho del magistrado Alberto Rojas.

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