Pagan obligaciones de salud de empleados que permanecen en cese de actividades en juzgados civiles (2:48 p.m.)
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04 de Marzo de 2016
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El Consejo Superior de la Judicatura informó que las obligaciones en materia de salud respecto de los empleados y funcionarios que continúan con el cese de actividades en los juzgados civiles y de familia, en Bogotá, fueron pagadas oportunamente. Así, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá atendió el mandato del Código Sustantivo del Trabajo, que establece la obligatoriedad de atender estos pagos durante el tiempo que continúe el cese de actividades. Según el concepto de la Sala Administrativa, la Sentencia C-1369/00 de la Corte Constitucional precisa que bajo el entendido “de que la huelga suspende los contratos de trabajo por el tiempo que dure y, en consecuencia, el empleador no tiene la obligación de pagar salarios y demás derechos laborales durante este lapso, no obstante, este deberá garantizar el derecho irrenunciable a la seguridad social de los trabajadores que participaron en el cese de actividades mediante el pago de los correspondientes aportes para salud y pensiones”. Así mismo, la presidenta de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Martha Lucía Zamora Ávila, dijo que en virtud de dichos mandatos y en cumplimiento de la jurisprudencia constitucional se ordenó el pago de los aportes de la seguridad social en salud de 1.406 servidores judiciales por un costo de más de $ 720 mil millones. Finalmente, la alta dignataria aclaró que los aportes de las otras obligaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la realización de las actividades suspendidas por el cese de funciones jurisdiccionales.
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