No requiere presentación personal el escrito de desistimiento del recurso de casación: Corte Suprema (4:22 p.m.)
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22 de Abril de 2013
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La Corte Suprema de Justicia señaló que, por aplicación analógica del artículo 41 de la Ley 1395 del 2010, no se requiere la presentación personal del escrito de desistimiento del recurso de casación. En este sentido, la Sala Civil precisó que el desistimiento debe ser despachado en forma favorable, dado que el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil autoriza a las partes para desistir de los recursos que hayan interpuesto, inclusive al margen de que el apoderado judicial de quienes desisten tenga o no facultad para el efecto, o haya presentado personalmente el memorial respectivo, porque se trata simplemente de la renuncia de un recurso y no del derecho material en litigio (M.P. Fernando Giraldo Gutiérrez).
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