Corte Suprema explica condiciones para validar divorcio sentenciado en el exterior (12:10 p.m.)
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02 de Abril de 2013
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La Corte Suprema de Justicia determinó que aunque no haya reconocimiento recíproco de sentencias de índole civil y de familia con países como Alemania es viable su validación en Colombia si cumplen con ciertas condiciones. La alta corporación advirtió que, como primera medida, la propia normativa alemana reconoce la fuerza de los fallos proferidos en territorio extranjero, lo que supone la existencia de reciprocidad legislativa. La Sala Civil recordó, a su vez, que en materia de divorcio la competencia no es exclusiva de los jueces colombianos, pues el artículo 163 del Código Civil indica que cuando el lugar de residencia de los cónyuges sea en el exterior, el vínculo matrimonial y su devenir se regirá por las normas que allí se contemplen. Para la sala, en el caso de Alemania se satisfacen los requerimientos para el reconocimiento del divorcio, entre otras cosas porque el artículo 17 de su normativa civil regula la disolución del vínculo matrimonial (M. P. Ruth Marina Díaz).
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