Procuraduría pide condicionar constitucionalidad de términos de anulabilidad de negocios jurídicos consentidos por fuerza (4:27 p.m.)
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27 de Septiembre de 2013
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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que declare condicionalmente exequible la norma del Código de Comercio que regula la anulabilidad de los negocios jurídicos celebrados por persona relativamente incapaz y el que haya sido consentido por error, fuerza o dolo (artículo 900 parcial del Decreto 410 de 1971). Para el Ministerio Público, el término prescriptivo de dos años para presentación de la acción se debe contar a partir de la fecha en que cesa la fuerza, cuando esta ha sido prevista como una causal que vicia el consentimiento. Según el concepto, si se tomara como punto de partida el momento de celebración del negocio jurídico, como lo impone la disposición, se perdería la eficacia de la herramienta, ya que la víctima se vería avocada a unos términos durante los cuales continuaría ejerciéndose sobre él la fuerza que vicia el consentimiento. La ponencia será presentada por el magistrado Nilson Pinilla.
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