Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Limitar a menores adoptados el acceso a información sobre su origen es adecuado

La Corte Constitucional considera legítima e importante la medida, dada la primacía de los derechos de los menores y la especial atención a su proceso de crecimiento y formación.
34087
Imagen
adopcion-familia-padres1shut-1509241790.jpg

28 de Junio de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequibles las normas del Código de Infancia y Adolescencia que limitan el acceso de la persona adoptada a la información sobre su origen familiar y el proceso de adopción hasta que llegue a la mayoría de edad, y que sus padres determinen el momento mientras adquieren la mayoría de edad para conocer esos detalles. El alto tribunal la considera una medida razonable y adecuada para proteger los derechos del menor y su interés superior.

 

A juicio de la alta corporación, esta finalidad resulta legítima e importante, dada la primacía de los derechos de los menores y la especial atención con que se debe salvaguardar su proceso de crecimiento y formación.

 

En ese sentido, reafirmó que los menores deben ser objeto de protección y restitución de derechos no solo cuando estén en peligro, sino que en ejercicio de la patria potestad y los deberes de protección conferidos a las autoridades públicas deben prevenirse y evitarse injerencias desproporcionadas en todas las etapas de su vida (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

 

Corte Constitucional, Comunicado Sentencia C-058, 06/06/18

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)