14 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 16 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Explican finalidad del recurso de revisión en materia civil (3:53 p.m.)

03 de Noviembre de 2015

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Nota:
104505
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el estudio del artículo 379 y 380 del Código de Procedimiento Civil, definió el recurso extraordinario de revisión como una medida excepcional encaminada a sacrificar la estabilidad de la cosa juzgada, en los eventos en los que una sentencia ejecutoriada no está amparada por la presunción de legalidad y es contraria a la justicia y al derecho. Razón por la cual el alto tribunal reiteró que este medio de impugnación “no franquea la puerta para tornar el replanteamiento de temas ya litigados y decididos en proceso anterior, ni es la vía normal para corregir los yerros jurídicos o probatorios que hayan cometido las partes en litigio precedente, ni es camino para mejorar la prueba mal aducida o dejada de aportar, ni sirve para encontrar una nueva oportunidad para proponer excepciones”. Por lo consiguiente, enfatizó que la finalidad de este medio es el de restablecer el derecho de defensa en los casos previstos por el legislador y en las precisas hipótesis normativas, la cuales atañen, en su mayoría, a cuestiones desconocidas en la actuación judicial que no se tuvieron en cuenta para proferir el fallo con el sello de cosa juzgada (M.P. Luis Armando Tolosa).

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