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Actualizado hace 8 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Esta es la sentencia que avaló la adopción complementaria para parejas del mismo sexo (11:23 a.m.)

18 de Enero de 2016

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Nota:
106059
Recientemente, la Corte Constitucional dio a conocer el texto de la sentencia que avaló la adopción complementaria y limitó su procedencia cuando la solicitud recae sobre el hijo biológico del compañero o compañera permanente del mismo sexo. A través de este pronunciamiento, el alto tribunal declaró la exequibilidad de algunas expresiones contenidas en los artículos 64 (numeral 1º) y 68 (numeral 3º) del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006), así como del artículo 1º (parcial) de la Ley 54 de 1990, que definió las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre compañeros permanentes. Igualmente, este fallo avaló el contenido del numeral 5º del artículo 64, del artículo 66 y del numeral 5º del artículo 68 del mismo estatuto, en el entendido que dentro de su ámbito de aplicación también están comprendidas las parejas del mismo sexo cuando la solicitud de adopción recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente. Negar existencia del vínculo filial en estos casos, precisó, pondría en grave riesgo el ejercicio de otros derechos de todos los integrantes del núcleo familiar, puesto que algunas obligaciones solo son exigibles cuando este ha sido reconocido (M. P. Jorge Iván Palacio).

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