26 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 day | ISSN: 2805-6396

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Es deber del anestesiólogo estar pendiente del paciente de principio a fin del procedimiento

30 de Octubre de 2024

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Es deber del anestesiólogo estar pendiente del paciente de principio a fin del procedimiento (Freepik)

Aunque lo ideal es que cualquier demanda exponga todos los pormenores del caso, en la medida en que en muchos eventos de responsabilidad médica los promotores integran la parte débil de la relación y se les dificulta conocerlos cabalmente y probarlos, resulta admisible que presenten un cuadro fáctico que enmarque la situación que denuncian, sin perjuicio de que el debate procesal llene eventuales vacíos y, en esa medida, el juzgador provea sin caer en el vicio de incongruencia. 

La Corte Suprema de Justicia resolvió un recurso de casación en el que se examinaron los parámetros de responsabilidad médica en un acto anestésico que resultó en graves secuelas neurológicas para una menor de edad. La Sala Civil recordó la importancia de cumplir con los protocolos de seguridad y supervisión en las fases preanestésica, anestésica y postanestésica, reiterando que la obligación del anestesiólogo incluye evaluación preoperatoria y control de la recuperación postquirúrgica.

Según el alto tribunal, el incumplimiento de dichos protocolos puede derivar en responsabilidad civil cuando se presenten daños al paciente, en especial en casos donde la falta de control en la vía aérea y la atención inadecuada en la sala de recuperación evidencian una omisión del deber de cuidado. La decisión respalda la aplicación del principio res ipsa loquitur, que permite inferir la negligencia en situaciones donde el resultado adverso parece evidente por no cumplir normas mínimas de seguridad.

Historia clínica

A partir de la exhaustiva valoración de las piezas que componen la historia clínica, el sentenciador de segunda instancia concluyó que no es cierto que la menor hubiese sido trasladada del quirófano a la sala de recuperación consciente, ni con el control de la vía aérea que su caso ameritaba, de conformidad con el marco científico de referencia que estableció, por lo que no tuvo duda que objetivamente debiera despejar con alguna otra declaración.

Y es que en la fase posanestésica el galeno debe estar pendiente del paciente y, en especial, verificar que cuando ingresa a la sala de recuperación esté en un estado de consciencia cercano al que tenía antes del acto anestésico; controlar adecuadamente su vía aérea y su estabilidad hemodinámica;  cuidar que cuente con un soporte similar al que se le proporcionaba en la sala de cirugía, con especial atención a la oxigenación, ya que existe la posibilidad de que se presenten paros cardiorespiratorios o cardíacos.

Si bien el tribunal cuestionado hizo el marco de referencia en que fundó su análisis más amplio, preciso y robusto con apoyo en literatura que extrajo directamente de internet, lo perfiló suficientemente con otros elementos ajenos al puntual cuestionamiento que realizó la censura, sin dejar de advertir que gran parte del contenido no es ajeno a las reglas de la experiencia y el sentido común, porque nada más obvio que el deber de quien suministra la anestesia de estar completamente pendiente de su paciente de principio a fin del acto y la consecuente negligencia al no hacerlo (M.P. Octavio Augusto Tejeiro Duque).

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