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Eliminan expresión “sirvientes” de norma sobre invalidez de disposiciones a favor del notario y testigos (3:22 p.m)

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22 de Junio de 2017

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Recientemente, la Corte Constitucional dio a conocer, por medio de la Sentencia C-190, la inexequibilidad de la expresión “sirvientes” contenida en el artículo 1119 del Código Civil, que regula la invalidez de disposiciones a favor de notario y testigos. Para la corporación y acorde con la jurisprudencia precedente, el aparte “sirvientes” para denominar una relación de subordinación laboral entre un trabajador y su empleador admite una condición discriminatoria y denigrante de la condición humana. Por tal razón, aseguró que no es constitucionalmente admisible mantener esta expresión en una norma de este código para denominar a los empleados dentro de una relación laboral, por lo que ordenó que el término declarado inconstitucional debía ser remplazado por la palabra “trabajadores”. Por otra parte, indicó que una declaratoria previa de inexequibilidad de la expresión sirvientes, aun cuando por razones similares, no da lugar a la configuración de cosa juzgada material, toda vez que la disposición normativa que contiene dicha expresión es diferente a la que se analizó en la Sentencia C-1235 del 2005 (M.P. Aquiles Arrieta Gómez)

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