08 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil


Conozca la apelación presentada para revivir el proyecto de referendo que restringiría la adopción a gais y solteros (11:07 a.m)

14 de Junio de 2017

Reproducir
Nota:
55117
Hace ya algunas semanas, la Comisión Primera de la Cámara decidió archivar el proyecto de ley por medio del cual se autorizaba adelantar un referendo que restringiría la adopción de menores de edad a parejas homosexuales y a personas solteras. Sin embargo, Carlos Alonso Lucio, vocero de la iniciativa,  apeló la decisión tomada por la célula legislativa, acudiendo a la opción contemplada en el artículo 166 de la Ley 5ª de 1992, la cual prevé que cuando un proyecto es negado en su totalidad o archivado indefinidamente cualquier miembro de la comisión o el autor del mismo podrá apelar la decisión ante la plenaria. Dentro de la apelación se ponen de presente cuatro argumentos: (i) se trata de una iniciativa popular respaldada por más de dos millones de firmas de ciudadanos; (ii) con posterioridad a la votación adversa se multiplicaron los apoyos ciudadanos e institucionales al referendo; (iii) porque, a propósito de las actividades desplegadas por líderes laicos de la Iglesia Católica en defensa del referendo, representantes a la Cámara de distintos partidos han tomado, también, la decisión de apelar ante la plenaria y (iv) el vocero del proyecto acude a convicciones morales para defender la realización de la consulta popular e insiste en que su postura la respaldan más de dos millones de ciudadanos. En caso de que la apelación sea aceptada se tendría que nombrar una comisión accidental que presentará un informe decidiendo si acoge o rechaza la apelación. En el primer evento la presidencia de la Cámara remitirá el proyecto a otra comisión constitucional para que surta el trámite en tercer debate, y en el último se procederá a su archivo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)