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Defensores de familia pueden restablecer derechos de menores involucrados en ‘matoneo’

24 de Agosto de 2015

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Tanto el defensor como el comisario de familia están facultados para adelantar las acciones tendientes al restablecimiento de los derechos de los menores que han participado siendo víctimas o victimarios en los casos de convivencia escolar, precisó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

 

Si bien la Ley 1620 del 2013, por la cual se creó un sistema de convivencia y formación para combatir el “matoneo”, le otorgó competencia a los comisarios de familia para conocer de los casos de convivencia escolar, no puede desconocerse que, de acuerdo con la Ley 1098 del 2006  (Código de la Infancia y la Adolescencia), los defensores de familia cuentan con dicha competencia de restablecimiento, además de ser las principales autoridades llamadas a garantizar los derechos de los menores de edad, ya que sus funciones están dirigidas a la protección integral de los mismos,  explicó la entidad.  

 

En ese sentido, la entidad recordó que las defensorías de familia son dependencias del ICBF de naturaleza multidisciplinaria, “por excelencia son las autoridades competentes para garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situaciones de violación o amenaza contra los mismos”.

 

Así mismo, indicó que sus funciones van dirigidas a la protección integral de los derechos de los menores de edad, a fin de evitar su amenaza, inobservancia o vulneración y restablecerlos de manera eficaz.

 

Concluyendo así que la función que le corresponde a dichos funcionarios no se circunscribe solamente a aquellos casos en que se evidencia una vulneración de sus derechos, sino también en prevenir que ello ocurra.

 

(Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Concepto 68, jun. 9 – 15)

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