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Actualizado hace 4 minutos | ISSN: 2805-6396

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Así trabaja la mesa de concertación que discute aplicación del Acuerdo 10445

28 de Marzo de 2016

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A través de un comunicado, el sindicato Asojudiciales presentó un documento en el que explica el papel de la mesa de concertación frente a la discusión que ha traído consigo el polémico Acuerdo 10445 y el modelo de gestión judicial para la oralidad en las distintas jurisdicciones de la administración de justicia.

 

Dicha mesa la integran conjuntamente el Consejo Superior de la Judicatura y las organizaciones sindicales Asonal Judicial, Asonal S. I.,  Asojudiciales y Asojusur. Así mismo, estos movimientos le hacen un fuerte llamado al nuevo sindicato de la Rama Judicial, El Vocero Judicial, para que se una cuanto antes a la mesa de trabajo, en un ánimo de concertación, dialogo y retroalimentación. (Lea: El nuevo sindicato de la Rama Judicial que desafía a Asonal)

 

Vale la pena recordar que el Acuerdo 10445, que definió la estructura para los centros de servicios judiciales en los juzgados civiles y de familia, fue prorrogado hasta el 30 de abril, para permitir que avance el trabajo de estas mesas con los sindicatos del poder judicial. (Lea: Aplazan nuevamente vigencia de centros de servicios judiciales para juzgados civiles)

 

Ámbito Jurídico presenta una serie de preguntas y respuestas elaboradas por uno de los sindicatos judiciales, con el fin de contextualizar a la comunidad judicial sobre la actualidad del debate que sigue generando el Acuerdo 10445.

 

¿Qué busca la mesa de concertación?

 

Resolver el conflicto generado con la expedición del Acuerdo 10445 del 2015, expedido por la Sala Administrativa del Consejo Superior; la crisis del centro de servicio de ejecución de penas y medidas de seguridad; la entrada en vigencia del Código General del Proceso y el fracaso de los centros de servicios piloto de Manizales, Valledupar y Montería.

 

¿Cuáles son sus bases?

 

A partir de la concertación como derecho fundamental, consagrado y estipulado en el Acuerdo 10452 del 2016 entre la Sala Administrativa y la mayoría de los sindicatos de la Rama Judicial :

 

·         Asojudiciales

 

·         Asonal Judicial

 

·         Asojusur

 

·         Asonal S.I

 

Dicho acto administrativo contiene las bases esenciales y las reglas del funcionamiento de la mesa concertación.

 

¿Cómo opera?

 

A través de la mesa nacional conformada por las mencionadas organizaciones sindicales, quienes tienen constitucional y legalmente la capacidad jurídica de suscribir un nuevo acuerdo. Así mismo, operan en esta mesa  los delegados de jueces y empleados, escogidos democráticamente por sus pares en las mesas temáticas y regionales que se instalen.

 

Por consiguiente, sus elementos básicos son:

 

(i)      Regulación de un derecho de los jueces o empleados que pueda resultar afectado por la acción de la autoridad pública.

 

(ii)    Participación efectiva de jueces y empleados a través de sus voceros escogidos democráticamente por sus pares, por jurisdicción y distrito.

 

(iii)   La deliberación o debate sobre cada uno de las problemáticas de la construcción del nuevo modelo de justicia.

 

(iv)  Toma de las decisiones de manera concertada entre las partes donde se consignarán los acuerdos y salvedades. Ese documento será suscrito por los presidentes de los sindicatos, previo acuerdo con los jueces de las mesas temáticas.

 

(v)    La Sala Administrativa del CSJ expedirá el acto administrativo acogiendo los acuerdos.

 

¿Qué significa que esta mesa de trabajo sea vinculante?

 

Que el acto administrativo mediante el cual la Sala Administrativa adopte el nuevo modelo de gestión judicial para la oralidad tendrá que contener los acuerdos a los que se llegue en la mesa de concertación. Las salvedades o desacuerdos, por su parte, serán tramitados en escenarios distintos de manera autónoma por las partes.

 

¿Cuáles son los avances y resultados?

 

Hasta ahora se está agotando la primera etapa, por esta razón la Sala Administrativa ha expedido los acuerdos 10452 y 10470 del 2016, por los cuales ha prorrogado la entrada en vigencia de los centros de servicios judiciales en la jurisdicción civil y de familia.

 

Igualmente, se han recibido ponencias y presentado escritos de varios despachos que componen las distintas temáticas de la administración de justicia. Por último, fue presentado un documento preliminar de diagnóstico sobre la realidad de la justicia en Colombia.

 

¿Por qué no se han instalado la mesa temática en Bogotá?

 

Las mesas temáticas se instalan una vez se terminen las dos primeras etapas, además, la mesa temática de la jurisdicción civil de Bogotá no se ha podido constituir porque, si bien han acudido algunos jueces de esta modalidad, es presupuesto esencial la prestación del servicio de justicia en todos los despachos de estas especialidades en la capital colombiana.

 

Según el concepto del sindicato Asojudiciales, es importante que los empleados y funcionarios que continúan en las en las asambleas permanentes lideradas por el recién creado sindicato El Vocero Judicia, “entiendan que tienen responsabilidades políticas y morales con las demás jurisdicciones que, si bien apoyamos su protesta al mismo tiempo esperamos coherencia y ponderación en sus acciones, puesto que hoy debemos aprovechar estos momentos para consolidar la concertación como un nuevo paradigma en las relaciones jurídico administrativas entre la administración de la Rama Judicial y los jueces y empleados.

 

¿Cómo participar en la mesa de concertación?

 

La participación es abierta y pública, por esta razón las reglas mínimas para ello es que se haga:

 

·         A través de sus delegados elegidos democráticamente.

 

·         Que se presente un documento fundamentado y que se pida ser incluido en la agenda semanal que es elaborada por los demás miembros de la mesa de concertación en conjunto con la Sala Administrativa.

 

·         Las mesas temáticas regionales se instalan dependiendo del problema particular que deba estudiarse.

 

¿Qué otras actividades se están programando?

 

La mesa de concertación se ha dado cuenta que la problemática que hoy vive la jurisdicción civil no se circunscribe solamente en el debate que ha suscitado los centros de servicios judiciales que apoyan los despachos de las modalidades civiles y de familia, por lo tanto, ha visto que es necesario ampliar los elementos de juicio para poder adoptar las decisiones efectivas, oportunas y eficientes que exige el reto de la oralidad en las diferentes jurisdicciones y regiones del país.

 

Por esta razón, se está programando una revisión metodológica, foros a nivel regional y encuestas, entre otras. Así, “mientras no se termine este proceso de actividades frente a la discusión de los centros de servicios judiciales no podrán entrar a funcionar”, concluye el documento explicativo de Asojudiciales.

 

(Fuente: Comunicado Asojudiciales, Mar.18/16)

 

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