Límites a la libertad de opinión
14 de Febrero de 2025
Natalia Tobón
Abogada de la Universidad de los Andes, con maestría en propiedad intelectual en Franklin Pierce Law Center
La libertad de opinión es el derecho fundamental de toda persona a tener y expresar sus propias ideas, pensamientos y juicios sin ser objeto de interferencias, censura o represalias, mientras que la libertad de información es el derecho de informar y ser informadas sobre los hechos o sucesos cotidianos de manera veraz, exacta, completa e imparcial.
A primera vista parece ser que la libertad de opinión no tiene límites, mientras que la de información sí los tiene. Sin embargo, esa afirmación puede no ser del todo cierta, al menos en Colombia, donde la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha señalado que la libertad de opinión sí está sujeta a ciertos límites, siendo el primero de ellos la veracidad sobre los hechos: “aun cuando las opiniones en sí mismas no están sujetas a las cargas de veracidad e imparcialidad, las circunstancias fácticas que las sustentan sí lo están” (Sent. T-1198/04).
El segundo de los límites es la obligación de ejercer la libertad de opinión de manera responsable. El comunicador debe ser honesto y permitir que la audiencia distinga entre declaraciones basadas en hechos comprobables y sus interpretaciones subjetivas. Un comunicador no ejerce responsablemente su libertad de opinión cuando mezcla hechos y opiniones en forma tal que al público en general no le es posible distinguir entre ellos. Tampoco cuando deforma, magnifica, minimiza, descontextualiza o tergiversa un hecho, pues hace que la apariencia sea tomada como realidad y la opinión como verdad, posiblemente ocasionando daños a los derechos fundamentales de un tercero (Sent. T-080/93).
Finalmente, la libertad de opinión se puede limitar cuando se trata de propaganda de la guerra, apología al odio, pornografía infantil e instigación pública y directa al genocidio según lo disponen tratados internacionales vinculantes para Colombia (Sent. T-391/07).
En todo caso espero que la libertad de opinión se limite lo menos posible. Estoy de acuerdo con la teoría de la resonancia informativa, que propone que la diversidad de opiniones y perspectivas enriquece el “ecosistema” social, ya que permite un intercambio de ideas que favorece la confrontación y el debate crítico. Según esta teoría, incluso las voces marginales o extremas tienen un papel valioso al exponer puntos de vista menos convencionales que, aunque puedan ser impopulares o polémicos, invitan a la reflexión y cuestionamiento.
Tal vez Juan Gossain tenía razón cuando decía: “El comentario es libre, la información es sagrada”. De acuerdo.
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