Caso fortuito o fuerza mayor
31 de Julio de 2019
Carlos Brender
Abogado, carlosbrender@gmail.com
Es difícil establecer una clara diferencia entre el caso fortuito y la fuerza mayor, ambas causales eximentes de responsabilidad. En este sentido, el artículo 64 del Código Civil dice: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto o que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad por un funcionario público, etc.”. Así, observamos que el legislador colombiano considera que ambas instituciones son similares y que cumplen con los mismos requisitos.
Sin embargo, considero que esto no es cierto, por cuanto la fuerza mayor y el caso fortuito son distintos y se corresponden a requisitos de diferente naturaleza. Por ende, el caso fortuito responde a las palabras imprevisibilidad e interioridad, mientras que la fuerza mayor, a las de irresistibilidad y exterioridad.
En este orden de ideas, el primero se relaciona con un hecho relacionado con la actividad del sujeto, por eso, en el régimen de responsabilidad objetiva, se excluye como causal eximente de responsabilidad (el que gana un premio de lotería es como consecuencia de una conducta interna), pero cuyo resultado es imprevisible (nadie se gana un premio de lotería sin haber adquirido un billete del mismo, sin embargo, no puede prever si va a resultar premiado o no).
Por su parte, la fuerza mayor, generalmente atribuible a los hechos de la naturaleza, aunque los actos de autoridad forman parte integrante de estas causas, corresponde a un hecho externo al sujeto al que hay que agregarle el requisito de irresistibilidad. La imprevisibilidad no define la fuerza mayor, en virtud de que, hoy en día, los fenómenos de la naturaleza son previsibles, y el mejor ejemplo son los pronósticos meteorológicos. Pero esto no quiere decir que, bajo ningún escenario, no pueda resultar imprevisible, ya que, con los avances científicos, en la mayoría de los casos es previsible, mas no resistible, es decir, se puede prever una tormenta o un huracán, pero no se puede evitar su ocurrencia.
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