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Venta de IsagénDe momento, plazo de venta de Isagén no puede vencer el 24 de septiembre (12:01 p.m.)

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12 de Agosto de 2015

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Así lo concluyó el magistrado del Consejo de Estado, Hugo Bastidas, al aclarar que la decisión de suspender el decreto que permitió iniciar el proceso de enajenación de la participación accionaria de la Nación en la empresa también supone la suspensión del plazo fijado inicialmente por el Gobierno para concretar dicha venta. Así, dado que el Decreto 1512 del 2014 imponía ese límite para la venta el 24 de septiembre próximo, debe entenderse que dicho lapso tampoco tiene vigencia en la actualidad. La providencia indica que el artículo 235 (inciso 2º) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 del 2011) permite al juez contencioso modificar o revocar la medida cautelar, cuando entienda que deba variarse la cautela para facilitar su cumplimiento (C. P. Hugo Bastidas).

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