01 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Suspenden reglas de la Agencia Nacional de Tierras en procesos de clarificación de predios rurales

07 de Octubre de 2021

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La Sección Tercera del Consejo de Estado suspendió provisionalmente la Circular 005 del 2018, por medio de la cual la Agencia Nacional de Tierras (ANT) estableció unas consideraciones para que se pueda acreditar la propiedad de los predios rurales en proceso de clarificación de tierras.

En ejercicio del medio de control de nulidad, la Procuraduría demandó dicho acto administrativo con la intención de que se retirara del ordenamiento jurídico. A su juicio, se fijó una circunstancia no prevista en la Ley 160 de 1994, al establecer una presunción de propiedad sobre bienes frente a los cuales no existe un historial alrededor de quiénes han sido sus propietarios.

Con estas instrucciones, agregó, la ANT violó la reserva legal que existe sobre aspectos como la apropiación, adjudicación y recuperación de baldíos.

Por esas misas razones, y especificando que se creó una circunstancia ajena a la misma ley para acreditar la propiedad, a partir de la clarificación registral de los predios, el Ministerio Público solicitó que se emitiera una medida cautelar, consistente en suspender los efectos de la mencionada circular, mientras el Consejo de Estado la enjuicia y determina si se ajusta o no a derecho.

El alto tribunal señaló que no corresponde a la ANT emitir un acto general de interpretación de los requerimientos de acreditación de los predios rurales, ya que esta atribución es exclusiva del legislador.

 

Por lo tanto, explicó que si bien la función de la entidad demandada se contrae a expedir actos respecto del procedimiento de clarificación de los predios, no puede hacerlo para imponer reglas de manera general a toda la ciudadanía, sino que se debe circunscribir a la aplicación de la ley en los casos concretos en los que se esté adelantando un proceso de esta naturaleza.

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