Suspenden permiso de vertimiento de aguas residuales domésticas en área de protección ambiental
26 de Agosto de 2022
La Corporación Autónoma Regional de Risaralda (CARDER) solicitó la suspensión provisional de los efectos de la resolución en la cual otorgó a favor de dos ciudadanas un permiso de vertimiento de aguas residuales domésticas con vigencia de cinco años. Asimismo, aprobó los diseños del sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas del predio de su pertenencia.
Lo anterior tras recibir un oficio de Parques Nacionales Naturales de Colombia en donde solicitaba la revocatoria directa de la resolución, toda vez que el predio se encuentra ubicado en el Santuario de Fauna y Flora Otún Quimbaya, área protegida por el Sistema de Parques Nacionales Naturales. La CARDER consultó el sistema de información cartográfica y advirtió que concedió ese permiso en un predio que presenta restricciones ambientales.
En la sentencia, cuyo documento podrá descargar al finalizar el presente texto, se resaltó que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) tiene por objeto la conservación de los ecosistemas y hábitats naturales y el mantenimiento y recuperación de poblaciones viables de especies en su entorno natural. De ahí que las actividades permitidas en los santuarios de fauna y flora estén dirigidas a conservar, recuperar y controlar, investigar y educar para la preservación de dichos territorios.
En ese orden, la decisión de suspender la resolución es proporcional y adecuada porque los permisos de vertimientos otorgados dentro del santuario deben ser evaluados por la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia, con el fin de darle cumplimiento a los fines que busca esa categoría de protección ambiental (C. P.: Roberto Augusto Serrato Valdés).
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