Superpuertos fija directrices en materia de gestión documental para sus vigilados (10:30 a.m.)
52945
30 de Noviembre de 2016
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Superintendencia de Puertos y Transporte fijó las directrices que en materia de gestión documental y organización de archivos deben cumplir los sujetos de supervisión de la superintendencia para el cumplimiento de la normativa archivística nacional, asegurando la adecuada producción, recepción, distribución, organización, conservación, recuperación y consulta de los documentos de archivo a nivel interno, de los ciudadanos y de las entidades del Estado que en el ejercicio de sus funciones los requieran, garantizando las disponibilidad de la información. Los supervisados deberán elaborar, adoptar e implementar los siguientes instrumentos archivísticos para asegurar la organización: programa de gestión documental, tabla de retención documental, tabla de valoración documental y reglamento interno de archivo. La entidad advierte que el incumplimiento de dichas disposiciones acarreará responsabilidad no solo por parte de la persona jurídica vigilada, sino también de quien ejerce la representación legal. La norma establece un plazo de un año, contado a partir de su expedición, para que los sujetos elaboren sus tablas de retención documental y adopten el programa de gestión respectivo, el cual tendrá que incluir políticas para la gestión de documentos electrónicos de archivo.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!