Sujeto activo de la contribución sobre contratos de obra pública en convenios interadministrativos depende del origen de los recursos (2:10 p.m.)
62886
03 de Septiembre de 2014
Escucha esta noticia audio generado con IA
Aunque en los convenios interadministrativos el sujeto activo de la contribución sobre contratos de obra pública, en los términos del artículo 6° de la Ley 1106 del 2006, sigue siendo la Nación, departamentos o municipios, según el nivel al que pertenezca la entidad pública contratante, se suman quienes participen del acuerdo a prorrata de sus aportes, es decir, a diferencia de la regla general, en este caso sí se tiene en cuenta el origen de los recursos, para efectos de distribución, indicó el Ministerio de Hacienda. Así las cosas, en presencia de un convenio interadministrativo, es necesario verificar si la financiación proviene en su totalidad de asignaciones directas, de estas y de recursos de los fondos o totalmente de estos últimos, precisó la entidad.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!