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Sujeto activo de la contribución sobre contratos de obra pública en convenios interadministrativos depende del origen de los recursos (2:10 p.m.)

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03 de Septiembre de 2014

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Aunque en los convenios interadministrativos el sujeto activo de la contribución sobre contratos de obra pública, en los términos del artículo 6° de la Ley 1106 del 2006, sigue siendo la Nación, departamentos o municipios, según el nivel al que pertenezca la entidad pública contratante, se suman quienes participen del acuerdo a prorrata de sus aportes, es decir, a diferencia de la regla general, en este caso sí se tiene en cuenta el origen de los recursos, para efectos de distribución, indicó el Ministerio de Hacienda. Así las cosas, en presencia de un convenio interadministrativo, es necesario verificar si la financiación proviene en su totalidad de asignaciones directas, de estas y de recursos de los fondos o totalmente de estos últimos, precisó la entidad.

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