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Si se cumplen requisitos de expedición del acto reglado, no importa intención del funcionario (10:40 a.m.)

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16 de Septiembre de 2013

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La Sección Primera del Consejo de Estado negó la nulidad de los acuerdos 287, 295 y 296 del 2005, expedidos por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, que definieron el coeficiente aplicable a la unidad de pago por capitación con el fin de reconocer las desviaciones existentes en el número de pacientes con algunas patologías de alto costo. A juicio del alto tribunal, la intención de la entidad fue desarrollar las funciones propias derivadas de los artículos 172 y 182 de la Ley 100 de 1993, por ende, no se expidieron con abuso o desviación de poder ni falsa motivación. Al respecto, indicó que en el caso de los actos administrativos reglados la decisión está sujeta a los requisitos fijados legalmente, y al cumplirse estos no importa la intención del funcionario ni esta genera necesariamente la nulidad (C. P. María Elizabeth García).

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