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Si fallece uno de los beneficiarios de un contrato de concesión minera y los asignatarios no solicitan subrogación, este debe continuar con los otros titulares (10:54 a.m.)

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17 de Febrero de 2011

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Si dos personas son beneficiarias de un contrato de concesión y una de ellas fallece y los asignatarios no se presentan a solicitar la subrogación de derechos derivados del título, el contrato debe continuar con el otro titular, pues la autoridad minera no puede desconocer los derechos adquiridos y a este no se le puede imputar la no solicitud de subrogación, precisó el Ministerio de Minas, en concepto de enero. En cuanto a la terminación del contrato por declaratoria de caducidad, la entidad señaló que sería viable solo si se incumplen las obligaciones derivadas del contrato por parte del titular no fallecido.

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