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Reiteran que responsabilidad estatal frente a actos terroristas dirigidos contra instituciones se puede basar en el daño especial (2:46 p.m.)

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09 de Abril de 2013

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Para la Sección Tercera del Consejo de Estado, resulta viable declarar la responsabilidad del Estado frente a atentados terroristas dirigidos contra sus instituciones con base en la teoría del daño especial. Según el fallo, en estos eventos no existe una conducta que pueda reprocharse a la entidad pública, ya que lo que ocurre es el rompimiento de las cargas públicas en el marco del conflicto armado interno. En el caso estudiado, la corporación ordenó la indemnización de los perjuicios morales causados a los familiares de una persona fallecida debido a un atentado perpetrado por las FARC en Puerto Rico (Caquetá) en 1998. Al respecto, reiteró que su tasación requiere acudir al arbitrio iuris y a criterios objetivos sobre el daño y su afectación y no puede derivarse de la mera liberalidad del juez (C. P. Hernán Andrade).

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