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Recuerdan quién es el competente para declarar la nulidad absoluta de un contrato estatal (2:44 p.m.)

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08 de Junio de 2016

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La declaración de nulidad absoluta sobre un contrato de concesión celebrado en el departamento de La Guajira motivó a que la Sección Tercera recordara quién es el encargado de declararla sobre los contratos estatales. En ese contexto, precisó que es el juez del contrato el competente y no la entidad contratante, no obstante su facultad para terminar el negocio mediante acto administrativo motivado. Si bien en la Ley 80 de 1993 no se precisó qué autoridad puede hacerlo, a su juicio, debe recurrirse a las disposiciones del Código Civil. Así pues, con base en el artículo 1742 de esta última codificación, en caso de configurarse será obligación del juez decretarla, aun sin petición de parte, y por el Ministerio Público en calidad de garante de la moral y de la ley (C. P. Olga Mélida Valle).

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