Recuerdan cómo aplican los beneficios de empleados de carrera en caso de supresión de cargos (10:50 a.m.)
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30 de Julio de 2014
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El primer derecho que surge para el empleado de carrera administrativa, en caso de supresión del cargo, es el de la incorporación en uno igual o equivalente; solo si esto no es posible, surge la opción de elegir entre la reincorporación o la indemnización, así lo recordó la Sección Segunda del Consejo de Estado al referirse al artículo 44 de la Ley 909 del 2004. En el caso analizado, concluyó que no se produjo la supresión, pues en el acto administrativo se mantuvieron 24 empleos de la planta de personal con el objetivo de proteger derechos de los beneficiarios del retén social, fuero sindical y mantener los funcionarios necesarios para el funcionamiento de las actividades administrativas durante el proceso liquidatorio (C. P. Luis Rafael Vergara Quintero).
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