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Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Recomendaciones de la CIDH generan dura respuesta del Gobierno colombiano

08 de Julio de 2021

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Claves para entender la orden de asistencia militar (Reuters)

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó las observaciones y recomendaciones de su visita de trabajo a Colombia, realizada del 8 al 10 de junio del 2021, las cuales tienen por objetivo contribuir con la consolidación del diálogo como mecanismo para la superación de la conflictividad social.

 

 

 

 

Así mismo, anunció la instalación de un Mecanismo especial de seguimiento en materia de derechos humanos para Colombia que contribuya a la consolidación de la paz en los diversos sectores de la sociedad.

 

Dentro de sus recomendaciones está la de separar a la Policía y el ESMAD del Ministerio de Defensa, a fin de garantizar una estructura que consolide y preserve la seguridad con un enfoque ciudadano y de derechos humanos y evite toda posibilidad de perspectivas militares.

 

Igualmente, pide tomar medidas urgentes en ámbitos de formación, utilización de protocolos de actuación y creación de mecanismos de rendición de cuentas, que promuevan que el ESMAD cumpla funciones de garantía del orden público y el ejercicio del derecho a la protesta, así como limitar su actuación solamente a casos estrictamente necesarios.

 

Al referirse a los cortes de ruta o bloqueos, recomienda abstenerse de prohibirlos de manera generalizada y a priori como modalidades de protestas.

 

También solicitó cesar las actividades de categorización policial de contenidos como “falsos” o “verdaderos” y abstenerse de asignar calificaciones estigmatizantes o tendientes a la criminalización de quienes se expresan a través de internet sobre las protestas.

 

Sobre la asistencia militar y la aplicación de la jurisdicción penal militar indicó que se debe garantizar que el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana esté primariamente reservado a los cuerpos de seguridad civiles. Y asegurar que, en caso de necesidad de participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad sea extraordinaria, subordinada y complementaria a las labores de las corporaciones civiles.

 

También se plantea reformar el Decreto 575 del 2021, a fin de asegurar que la intervención de las fuerzas armadas esté compatible con el derecho internacional en la materia.

 

Consulte aquí el informe completo.

 

Respuesta del Gobierno

 

Frente al informe de la CIDH, el presidente Iván Duque recordó que los bloqueos han atentado contra los derechos colectivos, ya que “vimos a niños morir en ambulancias, vimos ciudades desabastecidas, vimos a personas perder el empleo y limitarse la movilidad por cuenta de esos bloqueos”. Reiteró que esos bloqueos están claramente condenados en nuestro Código Penal.

 

Posteriormente, la canciller y vicepresidenta, Martha Lucia Ramírez, hizo un pronunciamiento oficial y emitió un comunicado frente al tema.

 

 

 

 

“Rechazamos, con preocupación, la sugerencia de presunto uso de la fuerza contra poblaciones específicas y supuesta estigmatización estructural. Es pertinente recordar que el Estado garantiza la protección de los derechos de grupos étnicos, LGBTI y personas vulnerables”, señala uno de los apartes de la Cancillería.

 

Sobre la posibilidad que plantea de separar a la Policía Nacional del Mindefensa, indica que la Constitución determina que la Policía es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, “por tanto, la preocupación de la Comisión es ajena al contenido sustantivo de nuestra Carta Política”.

 

El Gobierno difiere en que los bloqueos (llamados por la CIDH “cortes de ruta”), constituyan en general una forma legítima de manifestación y que solo en casos concretos el Estado pueda actuar.

 

También se enfatizó en rechazar la creación de un mecanismo de seguimiento en materia de derechos humanos. “Reiteramos que nuestro Estado cuenta con una institucionalidad robusta y sólida, cimentada en principios democráticos y garantías para todos los ciudadanos y, por tanto, no consideramos necesario un mecanismo de seguimiento”.

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