Quien cumple edad de retiro forzoso y le falta poco tiempo para pensionarse podría continuar laborando
28 de Julio de 2021
Una persona puede concursar para un empleo público y en el evento de ocupar el primer lugar en la lista de elegibles podrá posesionarse en el mismo, siempre y cuando no haya cumplido la edad de retiro forzoso, la cual, en virtud de la Ley 1821 del 2016, pasó de 65 a 70 años de edad.
En cuanto al retiro de los servidores públicos que cumplen la edad de retiro forzoso, les falta un tiempo considerable para completar las semanas cotizadas para tener derecho a la pensión de vejez y, además, declaran su imposibilidad de seguir cotizando, estos deberán ser retirados del servicio y tendrán derecho al beneficio de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, en los términos del artículo 37 de la Ley 100 de 1993.
No obstante, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el caso de aquellos servidores que cumplieron la edad de retiro forzoso y les falta un tiempo relativamente corto para cumplir el requisito de las semanas exigidas para tener derecho a la pensión de jubilación o de aquellos que están adelantando los trámites para que se les incluya en la nómina de pensionados, la administración podrá permitirles continuar laborando.
Por esta razón, precisó la entidad, corresponde a la administración valorar en cada caso concreto y particular las condiciones particulares del trabajador. A algunas personas se les dificulta emplearse en otras entidades públicas o privadas debido a su edad, lo cual les impediría seguir cotizando y percibir ingresos durante este tiempo.
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