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Precisan competencia de los órganos de vigilancia y control fiscal frente al fraccionamiento de contratos (3:50 p.m.)

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25 de Abril de 2013

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En los eventos de fraccionamiento de contratos, corresponde a los órganos de vigilancia y control fiscal verificar si la violación a los principios que desarrollan la contratación estatal y la omisión en la debida modalidad de selección ocasionan un daño patrimonial al Estado y, de acuerdo con el nivel al que pertenezcan los recursos (nacional o departamental), adelantar el proceso de responsabilidad fiscal a que haya lugar, indicó la Contraloría General de la República. En los términos de la Ley 1474 del 2011 (Estatuto Anticorrupción), también se podrá verificar la existencia de responsabilidad disciplinaria, penal o civil.

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