Por supuesta discriminación, demandan tasa de vigilancia de la Superpuertos (11:14 a.m.)
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21 de Noviembre de 2014
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La Corte Constitucional admitió una demanda en contra del artículo 89 del Plan de Desarrollo 2010-2014 (Ley 1450 del 2011), que estableció la ampliación del cobro a las sociedades y a los operadores portuarios por concepto de la tasa de vigilancia con la que son cubiertos los costos y gastos ocasionados por el funcionamiento de la Superintendencia de Puertos y Transportes (Superpuertos). En opinión de los demandantes, la disposición infringe los derechos a la igualdad y a la equidad del sistema tributario, al establecer un trato diferenciado e injustificado entre los nuevos y los antiguos vigilados de la entidad, puesto que, para los primeros, la base de cálculo de la tasa de vigilancia es más gravosa (demandantes: Álvaro Andrés Díaz, Mauricio Piñeros y Valentina Escalante).
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