01 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Por falta de incidencia en trashumancia electoral, se mantiene en firme elección del Gobernador de Chocó

06 de Octubre de 2021

133653

En fallo de única instancia, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda de nulidad que buscaba dejar sin efectos la elección de Ariel Palacios Calderón como gobernador del departamento de Chocó, para el periodo constitucional 2020–2023.

La parte actora señaló que en la elección demandada se registraron 7.822 sufragios más que en la de diputados a la asamblea departamental, cifra que equivale a una disparidad superior al 10 % entre la votación total de una y otra.

No obstante, en concepto del alto tribunal, en los términos del artículo 164 del Código Electoral y de la jurisprudencia relacionada, dicha circunstancia no configura una causal de nulidad electoral, sino de recuento de votos, que además rige en el marco específico de las listas presentadas por una misma agrupación política en distintas elecciones plurinominales mas no unipersonales.

Presuntos trashumantes

De otra parte, se impugnaron 13.424 registros de presuntos trashumantes, entre los cuales la corporación encontró que 9.617 corresponden a sufragantes que tenían arraigo en algún municipio de Chocó al momento de la elección, según información de las bases de datos del sistema general de seguridad social en salud.

Por lo tanto, los votantes ejercieron su derecho al voto en la circunscripción electoral del departamento, por lo que se descartó su carácter ilegal, quedando los registros acusados en 3.807, de los cuales se restaron 67 más por duplicidad y se sumaron otros por otras circunstancias, para un total de 3.742 registros.

En ese orden, la corporación advirtió que la diferencia de votos entre el elegido y el segundo candidato con la votación más alta (64.484) fue de 9.074 votos, de manera que, aunque se accediera a lo pretendido, en el sentido de descontar a Palacios Calderón los 3.742 sufragios en controversia, no sería suficiente para modificar el resultado de la elección, ya que seguiría siendo el ganador con una ventaja de 5.332 votos, pues su total pasaría de 73.558 a 69.816 votos.   

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)