Minjusticia debe formular una política penitenciaria con enfoque de género
07 de Diciembre de 2020
La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Ministerio de Justicia (Minjusticia), a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) por los daños derivados del hacinamiento y las condiciones inhumanas a que fueron sometidas las mujeres en la cárcel El Cunduy, en Florencia (Caquetá).
De acuerdo con el fallo, dicho hacinamiento iba acompañado de condiciones de precariedad extrema en temas vitales para las internas, como las necesidades fisiológicas y biológicas, especialmente en situaciones como el periodo menstrual, el embarazo, la lactancia y la crianza de sus hijos.
Así, la condición de ser mujer no fue neutral en la producción del daño, ya que estuvieron sometidas a un impacto diferencial y agravado en el contexto penitenciario, que supuso una violación intensa y particular de su dignidad humana.
En la decisión se reconocieron dos tipos de perjuicios: el perjuicio moral y el perjuicio a derechos constitucionalmente protegidos, los cuales deben ser indemnizados a cada mujer que haya estado privada de la libertad entre el 1º de enero del 2012 y el 14 de junio del 2013, previa acreditación.
Finalmente, el alto tribunal ordenó al Minjusticia y exhortó al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias, detengan el populismo punitivo en el diseño de las penas y las medidas de prisión preventiva que afectan desproporcionadamente a las mujeres.
El Minjusticia deberá, además, formular una política criminal y penitenciaria con enfoque de género y, así mismo, tendrá que presentar un proyecto de ley que la concrete ante el Congreso (C. P. Alberto Montaña Plata).
Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 18001233300020130021601, Nov. 20/20.
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