No exigir licencia de infraestructura penitenciaria viola descentralización administrativa: demanda (11:29 a.m.)
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21 de Noviembre de 2014
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No se requerirá licencia de urbanización, parcelación, construcción o subdivisión en ninguna de sus modalidades para la construcción, adecuación o ampliación de infraestructura penitenciaria y carcelaria. Así lo señala el cuarto inciso del artículo 36 de la Ley 1709 del 2014 (reforma al Código Penitenciario), que adiciona un parágrafo al artículo 33 de la Ley 65 de 1993 y cuya demanda fue admitida por la Corte Constitucional. Según el ciudadano, esta norma vulnera los artículos 287 y 313, numeral 7º, de la Carta Política, pues despoja a los concejos municipales de sus competencias en relación con el control previo de las actuaciones urbanísticas en este ámbito de la infraestructura (demandante: Juan Carlos León Martínez).
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