Niegan nulidad del acto de llamamiento de Carlos Julio González Villa como senador
15 de Enero de 2024
El Consejo de Estado negó la nulidad del acto de llamamiento de Carlos Julio González Villa como senador de la República en remplazo de Arturo Char, para lo que resta del período constitucional 2022-2026.
La Sala indicó que la “silla vacía”, al ser una sanción exclusiva para las organizaciones políticas, no operó teniendo en cuenta que la renuncia presentada por Char no se dio con ocasión de una vinculación anterior a proceso penal, por lo cual posibilitó el llamamiento a quien tiene derecho según la votación lograda en las urnas.
Dentro de ese contexto, la Sala no encontró que se hubiera vinculado jurídicamente al excongresista Char para el momento en que renunció al Congreso y con ello haya incursionado en las conductas proscritas por el artículo 134 constitucional.
Tampoco que por las mismas circunstancias se presente mérito para sancionar a la organización política Cambio Radical en los términos que exige una circunstancia objetiva, clara y concreta que permita edificar el reproche contra el proceder o la falta de diligencia de aquella respecto de los candidatos que avaló, ya sea una condena, una orden de captura y/o la vinculación formal del elegido (C. P.: Luis Alberto Álvarez Parra).
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