Levantan suspensión de norma que permitía verificar proyectos de implementación del acuerdo de paz antes de ser expedidos (12:04 p.m.)
122134
19 de Febrero de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo de Estado levantó la suspensión provisional de la norma que establece que los proyecto de decreto, de ley o reforma constitucional necesarios para la implementación del acuerdo final de paz deben ser puestos a consideración de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final de Paz (CSIVI) antes de ser expedidos por el presidente de la República (numeral sexto del artículo 3° del Decreto 1995 del 2016). Al resolver un recurso de súplica contra el auto que decretó el cese provisional de los efectos de esa norma, la Sección Primera concluyó que la posibilidad de que el Gobierno y la Farc constaten el contenido de esos proyectos a través de la CSIVI, como lo indica la norma, no desborda las competencias constitucionales atribuidas al jefe del Ejecutivo y al Congreso, pues estos conservan la iniciativa legislativa y la función atribuida a la comisión no comporta un poder de veto (M. P. Hernando Sánchez).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!