Imponer dos condenas de reparación patrimonial por los mismos hechos vulnera el principio de cosa juzgada
19 de Julio de 2021
El Consejo de Estado revocó un fallo de tutela de primera instancia que había declarado improcedente la solicitud de amparo interpuesta por el INPEC en contra de dos juzgados administrativos, así como el Tribunal Administrativo del Cauca.
La entidad interpuso la tutela debido a que fue condenada en dos procesos diferentes a reparar administrativamente a un recluso de una cárcel de Popayán que resultó lesionado en el establecimiento.
En uno de los procesos el INPEC fue condenado, en primera instancia, a reparar al interno por concepto de perjuicios morales, decisión que fue confirmada en segunda instancia por el tribunal. En el otro proceso la entidad fue igualmente declarada administrativamente responsable de los perjuicios morales sufridos por el recluso como consecuencia de la lesión. (Lea: Tener que indemnizar dos veces a un particular por los mismos hechos supone una vulneración del derecho al debido proceso de la entidad)
La Sala encontró que esta última condena no era procedente, ya que se desconocía el principio de cosa juzgada teniendo en cuenta que ya existía una primera condena que ordenaba reparar integralmente al interno y que incluso fue confirmada por el tribunal en segunda instancia.
Al respecto señaló que con la primera condena “se encuentra satisfecho el derecho fundamental a la reparación integral, sin embargo, lo que no puede ocurrir es que exista doble condena con fundamento en el mismo hecho dañoso, en el mismo perjuicio – moral-, pues ello correspondería un doble pago por la misma erogación, en claro detrimento de recursos de naturaleza pública y con desconocimiento de la cosa juzgada”.
Finalmente, debido a que en la resolución del caso se advirtieron procesos anteriores con hechos similares y en donde obraban como apoderadas las mismas abogadas, la Sala decidió compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que investiguen estos hechos (C. P. Milton Chaves García).
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