Gobierno reglamenta la contratación de mínima cuantía, creada por el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 y el Estatuto Anticorrupción (2:59 p.m.)
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13 de Julio de 2011
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Mediante el Decreto 2516, el Gobierno acaba de reglamentar la modalidad de contratación de mínima cuantía, prevista en el artículo 274 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2010-2014 (Ley 1450/11) y el artículo 94 del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474/11), aplicable a la adquisición de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del 10% de la menor cuantía de la entidad contratante, independientemente de su objeto. El reglamento no cobija las adquisiciones sujetas a contratación directa, en los términos del numeral 4 del artículo 2° de la Ley 1150 del 2007 (reforma del Estatuto General de Contratación Pública). La mínima cuantía tampoco se aplicará a la Ley 816 del 2003, de apoyo a la industria colombiana a través de la contratación pública, ni al artículo 12 de la Ley 1150, sobre promoción del desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
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