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Fiscalía hace delegación especial para resolver beneficios por colaboración con la administración de justicia (2:56 p.m)

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11 de Agosto de 2017

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La Fiscalía General de la Nación delegó en el Coordinador del grupo de mecanismos de terminación anticipada y justicia restaurativa la facultad para tramitar, ofrecer, acordar o negar todo lo concerniente a las solicitudes de beneficios por colaboración eficaz con la administración de justicia, artículo 44 de la Ley 81 de 1993, modificado por la Ley 365 de 1997, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 413 y siguientes de la Ley 600 de 2000; así como para aprobar los acuerdos que en virtud de las anteriores disposiciones se suscriban. Adicionalmente, esa persona podrá comisionar a fiscales delegados en el ámbito nacional para adelantar los trámites tendientes a perfeccionar las solicitudes de concesión de beneficios por colaboración con la administración de justicia que formulen las personas que sean investigadas, juzgadas o condenadas. Es de aclarar que esta delegación no incluye las solicitudes de concesión de beneficios por colaboración de la administración de justicia que formulen los altos funcionarios que gocen de fuero constitucional o legal, de tal manera que el titular del ente investigador continuará resolviendo los requerimientos al respecto.

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