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Facultad de departamentos y municipios para crear fondos destinados a créditos educativos universitarios surge a partir de la Ley 1012 del 2006 (4:12 p.m.)

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03 de Septiembre de 2014

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Solo hasta la entrada en vigencia de la Ley 1012 del 2006 se otorgó la facultad a los departamentos y municipios para crear fondos destinados a créditos educativos universitarios. Con este argumento, la Sección Primera del Consejo de Estado confirmó la nulidad del Acuerdo 028 del 2005, expedido por el Concejo de Duitama (Boyacá), que creó un fondo cuenta para estudios superiores en esa jurisdicción. Para el alto tribunal, el acuerdo municipal está viciado de nulidad porque fue expedido sin facultades y contrariando lo previsto, en ese momento, en los artículos 111 y 114 de la Ley 30 de 1992, respecto de la exclusividad del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) para el manejo de becas, ayudas y créditos educativos universitarios en el país. En su opinión, el Concejo del Municipio de Duitama no estaba habilitado para la creación del fondo de préstamos para estudios superiores. Finalmente, reiteró que la aplicación de la ley no es retroactiva y sus efectos solo operan desde su vigencia (M. P. María Claudia Rojas Lasso).

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