Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Expolicía que goza de asignación de retiro se puede vincular laboralmente con el Estado

120725

06 de Abril de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El artículo 128 de la Constitución Política prohíbe expresamente desempeñar más de un empleo público y recibir más de una asignación proveniente del erario. No obstante, la Ley 4 de 1992 estableció algunas excepciones a dicha limitación, entre ellas las asignaciones percibidas por el personal con asignación de retiro o pensión militar o policial de la fuerza pública. Por lo tanto, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, si la retribución de un exservidor público proviene de una asignación de retiro o de una pensión militar de la fuerza pública dicha situación es considerada por la ley como una de las excepciones para poder percibir dos asignaciones del erario, es decir, salario y asignación pensional, de manera que no habría ninguna inhabilidad o incompatibilidad para que un expolicía que goza de asignación de retiro se vincule laboralmente con el Estado y perciba las dos asignaciones del tesoro público, siempre y cuando no sobrepase la edad de retiro forzoso.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)