Establecen requisitos para el envío de carátulas de contratos del régimen subsidiado bajo el nuevo mecanismo de contratación electrónica (8:00 a.m.)
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29 de Junio de 2010
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En desarrollo del Decreto 1964 del pasado 31 de mayo, reglamentario del contrato electrónico para el aseguramiento del régimen subsidiado, el Ministerio de la Protección Social acaba de establecer el procedimiento para el envío de las carátulas de los contratos por parte de las entidades territoriales que a la fecha no los han reportado y que tanto estas como las entidades promotoras de salud de ese régimen (EPS-S) cuentan con firma digital. Una de las opciones avaladas por la Circular 2 del 2010 consiste en que el ente territorial firme digitalmente la carátula y la envíe a esta cartera, que la publicará y pondrá a disposición de las EPS-S, para su firma, con base en el procedimiento y los requisitos previstos en el anexo de la circular mencionada.
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