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Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Entidades vigiladas por la Superpuertos y Transporte deben diligenciar registro (12:55 p.m.)

11 de Abril de 2011

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Nota:
72897
La Superintendencia de Puertos y Transporte les solicitó a los prestadores del servicio público de transporte en todos los modos (aéreo, fluvial y terrestre) diligenciar un registro, en el portal www.supertransporte.gov.co, a través del cual entregarán la información requerida, con el fin de que el organismo realice las respectivas funciones de vigilancia, inspección y control. El registro debe efectuarse, a más tardar, 10 días hábiles antes de la fecha límite del reporte de información financiera, precisa la Circular Externa 4 del 2011.

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